Hemos decidido crear un foro en FON donde Blanca, nuestra abogada, va responder las consultas de los foneros.

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Sin Comentarios

Pablo Baqués en diciembre 19, 2005  · 

Hola Blanca.

En menudo lío te metieron… pero en fin.

En un comentario a un post de Martín del 13 de diciembre, «Bloguear una empresa», yo le decía:

…»Martín y Alejandro: el recurso tiene que existir en España. Existe en Argentina y se llama DICTAMEN.

Un dictamen es cuando uno se «cura en salud», y va al juez y le dice:

–«Sr Juez, suponiendo que las Telcos me hagan esto, qué recurso tengo?», sin esperar a que pase. Es anticipar lo que la justicia dirá, en su infinita sabiduría :-)…

«…

Un coment posterior dijo brevemente que el DICTAMEN no existe en España. Me quedé con la curiosidad: existe o no existe?… ya sea con ese nombre o cualquier otro. Puede o no puede uno presentarse a la Justicia e inquirir cual sería el resultado de un pleito que aun no está sustanciado, pero que podría muy bien suscitarse?

Y para mantenernos dentro de las líneas de interés del blog, sería bueno conocer la respuesta dentro de la realidad de FON.

Gracias por tus aportes.

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Blanca Girón en diciembre 19, 2005  · 

Pablo Baqués,

Por tu mail, he entendido que un Dictamen es una consulta juridica a un Juez. Si es asi, aqui no tenemos ninguna figura similar, salvo para consultas sobre impuestos, pero no se formulan ante un tribunal sino ante la administracion tributaria. En los demas casos tenemos la posibilidad de solicitarlo a abogados, que advierten siempre que no son vinculantes, y que los Tribunales podrian dar una sentencia contraria al dictamen por ellos emitidos.

Aunque no se si la respuesta de un Tribunal argentino a las consultas que les plantean son vinculantes o son solo una opinion, lo cierto es que esta muy bien. Por lo que veo, tenemos mucho que aprender de vosotros!!

Recibe un cordial saludo.

Blanca Giron

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